La objetivación de mujeres y animales no humanos

Todo agravio o desprecio trae sufrimiento y se aparece ante nuestros ojos, de manera general, como una arbitrariedad inaceptable. Este rechazo en alguna medida tiene como referentes el reconocimiento de la
capacidad sintiente -padecer dolor o sufrimiento- de alguien, y la conciencia que dicta argumentos válidos para desmontar los supuestos en los que se apoyan las diversas formas de discriminaciones.

Ambas expresiones fueron configuradas por la cosmovisión androcéntrica y patriarcal, por lo que los
juicios elaborados para dichos agravios, resultan, en buena medida, análogos.
Interesa indagar sobre estas dos formas de desprecio no solo por compartir una raíz común, sino, principalmente porque su vínculo permite, a través de un sentido crítico, posicionarnos firme y negativamente ante el patriarcado y el androcentrismo. El hilo conductor de esta reflexión estará guiado por el supuesto de que el reconocimiento de la subjetivación de seres que han
sido cosificados niega uno de los sustentos más arraigados del patriarcado: la objetivación. La objetivación se materializa en la apropiación, uso y abuso, así como en dotar de inferioridad moral y jurídica, a mujeres y a animales no humanos. El ejercicio intelectual y emotivo del reconocimiento de subjetividades, cuestiona de manera radical el sexismo y el humanocentrismo.

Para comenzar el desmontaje a la objetivación patriarcal y androcéntrica, conviene algunas aclaraciones. Se suele pensar que la desigualdad más obvia entre el hombre y la mujer, entre el ser humano y los animales no humanos, es de carácter biológico (por sexo o por especie). Aunque esto es cierto, no lo es el que estas diferencias determinen las relaciones sociales y morales. Estas últimas tienen otros mecanismos porque se forman mediante las prácticas por lo que no están dadas en la naturaleza. Sin embargo, durante siglos se ha creído que la inferioridad de los animales no humanos y las mujeres proviene de la naturaleza.

La construcción de la idea de inferioridad de la mujer y los animales no humanos ha tenido como referente la noción filosófica de naturaleza (Physis). Esta es entendida como la esencia de los seres que ordena o ajusta (dike), cada cosa a un fin particular. Aristóteles suponía que un factor para determinar la naturaleza de cada ente era la necesidad ya sea por reproducción (deseo natural de dejar tras de sí otro ser a su semejanza), o por seguridad, (la unión entre los que por naturaleza deben respectivamente mandar y obedecer). De esta forma, la mujer al igual que otras hembras de otras especies no solo estaban destinadas a procrear, sino además debían ser obedientes a los machos. “[…] entre los sexos [afirma Aristóteles], el macho es por naturaleza superior y la hembra inferior, el primero debe por naturaleza mandar y a segunda obedecer.” La idea de necesidad es un juicio que implica lo inevitable en cuya virtud es imposible que una cosa
sea de otra manera. Esta visión de la mujer y animales no humanos se materializó en los sistemas jurídicos que tuvieron como fuente el derecho romano. En ellos el varón obtuvo un lugar especial. Es sabido que algunas
teorías filosóficas influyeron en la creación de los conceptos jurídicos de persona, cosa y propiedad. Esta distinción jurídica creó una diferencia radical: personas portadoras de derechos y cosas o propiedades.

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