Hilda Nely Lucano Ramírez

En occidente, fue a finales del siglo XIX que se incrementó la práctica de la vivisección. Se justificaba aduciendo que era necesario tener mayor conocimiento de la fisiología animal. A los espacios donde se llevaban a cabo esta práctica se les denominaba cámaras de tortura de la ciencia, porque a pesar de que existía desde 1820 una anestesia para los animales, “muchos investigadores pensaron que era necesario que los animales estuvieran despiertos para realizar los diferentes experimentos” (Marchena, 2011, p. 195). Desde entonces, tal
práctica se generalizó e institucionalizó.


El creciente uso de seres sintientes para la experimentación científica trajo consigo la creación de normas jurídicas como la Ley Animal Welfare Act (1966), en Estados Unidos; la Cruelty to Animals Act (1876), en Inglaterra o los Ethical Principes an Guidelines for Scientific Experiments on Animals de 1978 en Sui
za. De estas leyes resalta la segunda ya que estipulaba que los experimentos propuestos debían ser absolutamente necesarios y debía aplicarse anestesia a los animales para prevenir el dolor. Algunos principios de estas normas sirvieron para que otros países u organismos internacionales elaboraran las propias. Por
ejemplo, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) señala en su Código Terrestre que:

La mayoría de los científicos y del público están de acuerdo con que sólo de
berán emplearse animales cuando sea necesario y haya una justificación ética,
cuando no exista otro método alternativo que no recurra a animales vivos; que
deberá utilizarse la menor cantidad posible de animales para alcanzar las metas
científicas o educativas; y que, cuando se utilicen animales para la investigación
científica, se les ocasione el menor dolor y/o angustia posible.

Actualmente, todo trato dispensado a los animales utilizados en la experimentación tecnocientífica, debería enmarcarse en las pautas a que obliga la OIE a los países miembros. Dichas pautas están fundadas en la propuesta de Russell y Burch (1959) sobre los tres principios conocidos como las 3R. En efecto, los
capítulos 5, 6 y 7 del libro The principles or Humane Experimental Technique se dice que con las 3R se pretende reducir, aminorar e incluso en algunos casos eliminar el sufrimiento animal. En su Código terrestre, en el artículo 7.8.3 la OIE describe las Tres R, de la siguiente forma:


1- Reemplazo, es decir, empleo de métodos que utilizan células, tejidos u órganos de animales (reemplazo relativo), además de aquellos que no requieren el uso de animales para alcanzar los objetivos científicos (reemplazo absoluto);


2- Reducción, es decir, métodos que permitan a los investigadores obtener niveles comparables de información a partir de un menor número de animales u obtener más información a partir del mismo número de animales;


3- Refinamiento, es decir, métodos para prevenir, aliviar o reducir al mínimo cualquier dolor, angustia, malestar o daños duraderos, conocidos y eventuales, y/o mejorar el bienestar de los animales utilizados. El refinamiento implica la selección apropiada de las especies pertinentes con un grado menor de complejidad estructural y funcional en su sistema nervioso y una menor capacidad aparente de experiencias derivadas de esta complejidad. Las posibilidades de refinamiento deberán considerarse e implementarse durante toda la vida del animal e incluyen, por ejemplo, estabulación, transporte y eutanasia. (OIE, 2017, p.3)

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